El bono joven de alquiler, aprobado el martes 18 de
enero, tiene como objetivo facilitar la emancipación de la juventud. A día de
hoy, España es uno de los países de la Unión Europea con mayor número de personas
jóvenes que aún no se han independizado. Según
datos oficiales, el 79.3% con edades comprendidas entre los 20 y 29 años seguía
sin emanciparse en el año 2020 (en la UE era del 58.8% en el año 2019).[1]
Otra opción para ayudarles a independizarse sería a
través de los proyectos de rehabilitación de viviendas, consistente en la
habilitación de suelo público a menor precio. 5.500 millones de euros de los
fondos europeos se destinarán a la rehabilitación del parque residencial, si
bien la juventud no figura como grupo prioritario[2].
¿Cuáles son los
requisitos para solicitar esta ayuda?
· Tener una edad comprendida
entre los 18 y los 35 años.
· Poseer la nacionalidad
española o contar con la ciudadanía de alguno de los Estados miembros de la
Unión Europea, el Espacio Económico Europeo, o Suiza.
· La renta de la vivienda
alquilada no podrá superar los 600€ mensuales, o de 300€ mensuales si lo que se
alquila es una habitación. Pero esto no es definitivo, ya que las Comunidades
Autónomas podrán incrementar este límite hasta los 900€ mensuales, o a 450€
mensuales cuando se trate de una habitación – esta medida está aún abierta a
revisiones, tras las peticiones del Consejo de Juventud de España, según el
cual solo el 1,7% de los jóvenes podrá optar a esta ayuda[3]
· No contar con unos ingresos
anuales que superen tres veces el IPREM, lo que es una cantidad de 24. 318€.
La cuantía de esta ayuda será de 250€ mensuales, que se
concederá por el plazo de dos años; por tanto, se proporcionará una ayuda total
de 6.000€ en 24 meses.
¿Es compatible con las
becas MEC?
Cabe destacar que será
incompatible con otras ayudas para el alquiler de vivienda que se puedan
encontrar en cualquier Comunidad Autónoma, o que provengan de las Entidades
Locales o cualquier otra Administración o Entidad Pública. Por tanto, no sería
compatible.
¿Qué ocurre si varios
solicitantes comparten piso?[4]
Las personas que compartan piso no encontrarán un
problema a la hora de pedirla, porque la ayuda es individual. Será necesario
que cumplan los requisitos de la ayuda y varias personas del mismo piso podrían
recibirla.
Un caso parecido puede
darse si varias personas pagan un precio diferente por una habitación en un
mismo piso. La persona que cumpla con los requisitos podrá recibir la ayuda.
¿Y si el alquiler es
menor de 250€?
El límite de la cuantía
que se percibirá por la ayuda será de 250€, pero en el caso de que lo que se
paga por el alquiler al mes sea menor a esa cifra, se limitará la cuantía de la
ayuda a lo que se pague por ese alquiler. Por ejemplo, si se paga por un alquiler
150€, la ayuda recibida será de 150€.
¿Cuándo solicitarla?
Debemos estar atentos a nuestras Comunidades Autónomas,
ya que la solicitud de esta ayuda no está aún disponible. Se prevé que para
marzo ya esté habilitado y operará con carácter retroactivo: esto es, si lo
solicitamos en marzo y se nos concede, la ayuda se entenderá concedida desde el
mes de enero de 2022.
Y, aparte del bono joven
estatal… ¿Existe alguna ayuda autonómica para el alquiler?[5]
En Castilla-La Mancha
contamos con una ayuda para pagar parte de la renta de las personas con edades
comprendidas entre los 18 y los 35 años que tengan un contrato de arrendamiento
de una vivienda localizada en nuestra región.
La renta del alquiler deberá de ser como máximo de 500€, y la cuantía de la ayuda será del 50% de la renta. Con carácter general, los ingresos máximos anuales de la persona solicitante deberán de ser de, como máximo, tres veces el IPREM (pudiendo variar dependiendo de las circunstancias familiares o personales, como familia numerosa o ciertas discapacidades) y, como mínimo, un ingreso anual del 0,5 IPREM.
Javier Díaz-Santos Galindo, colaborador de Europe Direct
Ciudad Real
[1] EUROSTAT (2022). Share of Young adults aged 18-34 living with their
parents by age and sex- EU-SILC survey, EUROSTAT.
Recuperado de: https://appsso.eurostat.ec.europa.eu/nui/submitViewTableAction.do
[2] LÓPEZ, D. (2021, octubre, 18). Más allá del bono joven: Europa prioriza la
vivienda social y la rehabilitación, CincoDías.
Recuperado de: https://cincodias.elpais.com/cincodias/2021/10/15/economia/1634310087_362881.html
[3] REDACCIÓN EL HUFFPOST. (2022, enero, 20). El gobierno se abre a negociar con las comunidades ampliar el límite del alquiler para acceder al bono joven, Huffingtong Post. Recuperado de: https://www.huffingtonpost.es/entry/gobierno-abre-negociar-con-comunidades-ampliar-limite-alquiler-acceso-bono-joven_es_61e91fc0e4b0a864b07c27d3
[4] BOLINCHES, C.G. (2022, enero, 18). Pisos compartidos, destinatarios y
condiciones: claves para entender el nuevo bono alquiler joven, El Diario.es. Recuperado de: https://www.eldiario.es/economia/pisos-compartidos-destinatarios-condiciones-claves-entender-nuevo-bono-alquiler-joven_1_8667154.html
[5] CONSEJERÍA DE FOMENTO DE LA JUNTA DE COMUNIDADES
DE CASTILLA-LA MANCHA (2022). Programa para Jóvenes, D.G. Vivienda. Recuperado
de: https://vivienda.castillalamancha.es/ayudas-y-subvenciones-ayudas-al-alquiler-de-viviendas-convocatoria-para-arrendamientos-2021-0
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Miércoles, 30 de Octubre del 2024
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