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Para la Asociación Aromas de Ruidera el nuevo borrador del PRUG se define con dos palabras: prohibición total

La Voz | Lunes, 11 de Abril del 2022
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La Asociación Aromas de Ruidera ha expresado su total desacuerdo con el borrador del Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural de las lagunas. Tras los sucesivos Borradores del PRUG) del Parque Natural de Lagunas de Ruidera, de los años 2014 y 2019, el DO de C -LM publicó a primeros de noviembre pasado 2021 un nuevo documento, para información pública y Alegaciones, que ha supuesto una gran decepción para la enorme mayoría los usuarios de las Lagunas.

"El nuevo proyecto de reglamento de uso se define con DOS palabras: PROHIBICIÓN TOTAL. Cientos de alegaciones se han presentado al borrador. Nuestra Asociación defiende el uso racional del entorno natural, y hemos presentado alegaciones en un documento muy pormenorizado, de 27 páginas, que incluye una propuesta a cada alegación.La filosofía de nuestras alegaciones se resume en los siguientes aspectos:

Este Borrador dice que trae causa del PRUG en vigor del1995, "y sin embargo no hace mención a los sucesivos Borradores -no aprobados-de 2014 y de 2019". Se criminaliza la acción del hombre, "pretendiendo excluirle del medio natural,cuando debería ser parte integrante del desarrollo ecológico, junto con el resto de las especies. Se menosprecia la propiedad privada que compone gran parte del Parque y su ZEC".

Los responsables de la asociación insisten que "se prohíbe todo. Hay más de 200 prohibiciones expresas. Es muy fácil prohibir, perohay que articular medidas consensuadas para hacer habitable el medio rural. Legislar no es prohibir. Preservar el medio natural y potenciar la econmia rural, deben ir juntos, pues de nada sirve el uno sin el otro. Construir y expulsar al hombre de la naturaleza, lleva a su deterioro y abandono".

Por otro lado, lamentan que "parece que hay dos Parques: uno, con todas las prohibiciones, que básicamente afecta a los predios que son propiedad privada, y otro con todas las permisividades y facilidades, que lo componen el casco urbano de Ruidera y la zona de interés directo del Ayuntamiento de Argamasilla de Alba, junto a la presa del embalse de Peñarroya".

"Desde un punto de vista científico, -añaden- no es aceptable un proyecto de preservación ecológica de un ecosistema que excluya el elemento humano cuando éste haya formado parte del ecosistema desde hace, al menos, tres mil años. Esta reflexión científica viene a colación de la supuesta decisión de limitar el acceso al Parque Natural durante los fines de semana de agosto: ¿ Cómo se va a hacer? ¿Cómo se va a compaginar el derecho de los propietarios con propiedades dentro del parque y de los profesionales que en el trabajan, con los visitantes que van a bañarse en verano?"

Según explican desde Aromas de Ruidera el borrador contempla "un total de 217 prohibiciones , distribuidas así: Normativa de Protección(23),Actividad de visitantes(8),Regulación de la circulación (9), comida campestre (6), Baño (5), senderismo (2), Accesos de perros y mascotas (4), Acampada, (4), ciclismo (3), rutas ecuestres (2), escalada (1), espeleología (9), pesca (9), navegación (17), buceo (15), actividades turísticas (9), servicio de guías (0), agricultura (1), ganadería(3), apicultura(3), forestal (6),parques y jardines (3), tratamientos biocidas (3), caza (5), Actividad minera(1), arqueología (2), recolección de rocas (1), apertura de trochas y pistas (6), carteles y publicidad ( 5), Venta ambulante(1),cerramientos (7), otras instalaciones(2), líneas eléctricas (2),telecomunicaciones (1), cauces (3), extracción agua(1), hidroeléctrico (1), aportes de arena(1), zonas de baño (2), vertidos sólidos(3), red de saneamniento (2) , actividad urbanística (16), zona urbana no consolidada (3), resto parque natural ( 6), Zona casco urbano de Ruidera: No le afectan las Normas del Parque, Actividad investigadora (3),Toma de imágenes (83), Uso del nombre Parque ( 2),Espacio aéreo (1), salvo para la zona del pantano de Peñarroya, otras actividades (1), .

"Por ejemplo, se pretende prohibir la pesca en las lagunas, que se practica desde tiempos inmemoriales pero se quiere impulsar solamente en el pantano de Peñarroya, se prohíbe la vela ligera (donde hay embarcaderos y zonas de acceso, y la propia comunidad autónoma organizaba cursos de vela en verano), pero se consiente en el pantano; cruzarse las lagunas a nado; se prohíbe cualquier actuación urbanística especialmente fosas sépticas en las casas, y sin embargo se permite expresamente esa infraestructura en la reconstrucción de la colonia de veraneo junto a la presa del pantano de Peñarroya".

Igualmente, y siempre según explican desde Aromas de Ruidera, "se prohíbe a los propietarios de viviendas construidas legalemente y que pagan sus impuestos ( IBI, etc) que amplíen siquiera un 10% del volumen, o que pongan una valla respetuosoa con el medio ambiente, para disuadir a los amigos de lo ajeno, entre otras".



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