La revolución de la tecnología
de la información, conjuntamente con el desarrollo de la infraestructura de
comunicaciones, está haciendo cambiar de forma significativa las relaciones
entre los ciudadanos y las Administraciones, que están apostando por Internet
como vía de comunicación con la ciudadanía. Estas iniciativas están teniendo
una gran aceptación y repercusión positiva en la opinión pública, que demanda
su utilización por permitir identificarse en
Internet e intercambiar información con
los organismos ahorrándose desplazamientos y esperas innecesarias.
Tenemos, por
tanto, una serie de aplicaciones que permiten a la Administración, a los
ciudadanos y a las empresas españolas realizar sus trámites a través de
Internet de forma totalmente segura.
Pero hay
diferencias entre los distintos modos de identificarse digitalmente, existiendo
diferentes documentos digitales que pueden contener nuestros datos
identificativos. Veamos en qué consiste cada uno de ellos:
· El certificado digital, emitido por una
autoridad de certificación (La Fábrica de Moneda y Timbre) permite identificar
a una persona física o jurídica para la realización de trámites telemáticos,
garantizando la seguridad de la información que poseen con una clave pública y
una clave privada.
· El DNI electrónico (DNIe) lo
conforma el propio DNI de una persona física y un chip integrado que contiene
la información que aparece en el documento de identidad, junto a un Certificado
de Autenticación y otro de Firma Electrónica.
· El sistema Cl@ve complementa al
certificado digital y al DNIe, y está más orientado a la realización de
trámites telemáticos por parte del usuario con la Administración (Cl@ve PIN y
Cl@ve permanente)
Dejando
claro que no son iguales, que cada uno de ellos tiene sus características y que
las administraciones no siempre piden el mismo, según sea el trámite que se
necesita realizar, llego a la conclusión de que el certificado digital es el
que sirve siempre y para todo. Con este certificado nos podremos identificar
digitalmente de forma segura en cualquier momento.
Entonces,
siendo Tomelloso una ciudad con más de 36.000 habitantes, a la que se le puso
con gran repercusión mediática el apellido de “ciudad digital” ¿cómo es que los
tomelloseros nos tenemos que desplazar a localidades vecinas para hacer conseguir
este documento?, ¿no tenemos los ciudadanos derecho a gestionar nuestro
certificado digital en nuestra propia ciudad?
Quizás
haya que recordarles a nuestros gobernantes locales que deben facilitarnos los
trámites, que es su obligación poner a disposición de la ciudadanía las
herramientas necesarias para nuestro acceso a las administraciones y que de no
ser de su competencia, deben exigir a quien tenga dicha competencia que esto
sea así y realizar para ello los trámites necesarios.
Espero
y deseo que ningún otro vecino de Tomelloso tenga que desplazarse en lo
sucesivo a las localidades vecinas, como he tenido que hacer yo, para tramitar
un certificado digital.
Señor
Alcalde, póngase las pilas y entérese de que hace ya mucho tiempo que estamos
en la era digital, al igual que ya no cultivamos el campo con mulas sino con
tractores.
Lourdes
Visús Cebrián
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Sábado, 27 de Abril del 2024
Sábado, 27 de Abril del 2024