El 2023 ha sido el año en el que más personas han solicitado su
inscripción en el registro de voluntades anticipadas en Castilla-La
Mancha. En concreto han sido 1.774 las inscripciones realizadas, 451 de
la provincia de Albacete, 421 de Ciudad Real, 342 de
Toledo, 333 de Guadalajara y 227 de Cuenca.
Desde octubre de 2006 al 31 de diciembre de 2023 un total de 11.982 otorgantes han inscrito su declaración
en el Registro de Declaración de Voluntades Anticipadas de Castilla-La Mancha.
Por
sexo, son más las mujeres inscritas, con un 62,92 por ciento que
varones, que son un 37,08 por ciento. Más de la mitad de otorgantes,
concretamente el 55,61 por ciento,
tiene entre 40-64 años.
La
edad en la que las personas realizan su declaración ha ido aumentando
anualmente, pasando la edad mediana de 48 años en 2007, a situarse por
encima de los 54 a partir de 2014 y en 61 años
en 2023.
El
97,76 por ciento de otorgantes formalizó la declaración ante un
funcionario del Registro de Voluntades Anticipadas, mientras el número
de las realizadas ante notario fue de
170 (1,56 por ciento) y 74 (0,68 por ciento) las otorgadas ante tres
testigos.
Por
otro lado, aproximadamente dos tercios de otorgantes, el 66,55 por
ciento, nombró al menos a una persona representante para que actúe como
interlocutora ante el médico/a responsable
y el equipo sanitario. Además, un total de 6.068 otorgantes, el 55,62
por ciento de los inscritos, se han pronunciado manifestando su voluntad
de donar los órganos.
Hay
que destacar que a partir de 2019 se ha incrementado el porcentaje de
donantes de órganos y la tendencia es a mantenerse por encima de la
media. En 2023 el porcentaje de personas
que se declaran donantes es del 63,30 por ciento.
Asimismo,
un total de 1.439 personas (el 13,19 por ciento de otorgantes
inscritos) ha manifestado su voluntad de donar el cuerpo para la
investigación y la docencia.
Entre el 25 de junio de 2021, que entró en vigor la Ley Orgánica de regulación de la eutanasia,
y el 31 de diciembre de 2023, un total de 1.891 otorgantes han
manifestado en su Declaración de Voluntades Anticipadas su deseo de
solicitar la prestación de ayuda para morir según establece la ley. Esto
supone un 56,97 por ciento de las declaraciones de
Voluntades Anticipadas otorgadas en este periodo.
Declaración de Voluntades Anticipadas
La
Declaración de Voluntades Anticipadas (DVA) es el documento por el que
una persona mayor de edad, con plena capacidad de obrar y actuando
libremente, manifiesta anticipadamente
su voluntad sobre los cuidados y tratamientos que desea o no recibir,
con objeto de que se cumplan sus deseos en circunstancias en que no sea
capaz de expresarlos personalmente. También puede manifestar su voluntad
de donar los órganos o su cuerpo, una vez
se haya producido el fallecimiento.
La
persona otorgante del documento puede designar además un representante
para que, llegado el caso, sirva como interlocutor con el equipo
sanitario para ayudarle a tomar las decisiones
más adecuadas a sus deseos, valores personales o preferencias sobre los
cuidados de su salud.
Las
voluntades anticipadas, expresadas en un documento conforme a lo
dispuesto en la ley obligan al médico, al equipo sanitario o a cuantas
personas deban ejecutar lo dispuesto
en las mismas y prevalecerán sobre la opinión y las indicaciones que
puedan efectuar los familiares, allegados o, en su caso, el
representante o representantes designados por el autor de la
declaración.
La
declaración sólo será tenida en cuenta en los casos en que la persona
otorgante se encuentre en una situación que le impida expresar
personalmente su voluntad. Mientras conserve
su capacidad de obrar, prevalecerá su voluntad sobre lo expresado en el
documento.
El documento de voluntades anticipadas puede formalizarse ante un funcionario del Registro de Voluntades Anticipadas, ante un notario o ante tres testigos. Además, el mismo puede ser sustituido o revocado en cualquier momento mediante una nueva declaración.
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Jueves, 12 de Junio del 2025
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