Tomelloso

La Audiencia Provincial absuelve al comercial de Tomelloso acusado de apropiación indebida

El tribunal concluye que no existe prueba suficiente para condenar al trabajador por la desaparición de 23.686 euros que custodiaba en su vehículo de empresa

La Voz | Viernes, 8 de Agosto del 2025
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La Audiencia Provincial de Ciudad Real ha dictado la libre absolución del comercial de Tomelloso, que se enfrentaba a una acusación de apropiación indebida tras la desaparición de 23.686 euros que había recaudado de varios clientes en el ejercicio de su trabajo y que guardaba en su vehículo de empresa. La sentencia también deja sin efecto las medidas cautelares adoptadas y acuerda la declaración de oficio de las costas procesales.

Los hechos: desaparición del dinero en minutos

Según el auto al que ha tenido acceso La Voz de Tomelloso, los hechos se remontan al 9 de enero de 2023. El trabajador, con casi 20 años de antigüedad y sin antecedentes computables por reincidencia, llegó a un aparcamiento de camiones en Tomelloso conduciendo el Renault Clio de empresa. En el coche, en el asiento del copiloto, portaba un sobre con 23.686,12 euros en metálico—el fruto de la recaudación tras la entrega de géneros a clientes—y otro sobre, también con dinero, relacionado con otra empresa para la que colaboraba de forma autónoma.

El acusado se bajó del coche sin apagar el motor ni cerrar las puertas y, en apenas dos o tres minutos que permaneció en el interior de una nave adyacente, desapareció el sobre con el dinero de la empresa, permaneciendo en el vehículo el otro sobre. Tras informar al director comercial por teléfono, un transportista de la empresa, presente en el lugar, observó en el acusado un “estado claro de ansiedad” comprobado poco después en el hospital.

El tribunal desestima todas las acusaciones

Tanto el Ministerio Fiscal como la acusación particular solicitaron inicialmente la condena por apropiación indebida, estafa agravada y hurto. Sin embargo, la Audiencia aclara que la clave del delito de apropiación indebida reside en que el acusado haga suyo, en provecho propio, el dinero confiado, lo que no ha quedado acreditado.

El auto señala que la falta de prueba directa, la inexistencia de indicios concluyentes y la conducta coherente del acusado (comunicando la desaparición inmediatamente, presentando un cuadro de ansiedad y dejando un sobre con otra cantidad relevante de dinero) son incompatibles con una actuación dolosa. Además, el tribunal subraya que el acusado, de haber querido apropiarse del dinero, habría podido hacerlo fuera del ámbito de la empresa, y recuerda su condición de trabajador fijo desde hace 19 años, lo que hacía ilógico un posible beneficio frente a la indemnización por despido que perdería.

Conclusión: se reafirma la presunción de inocencia

La sentencia concluye que no solo no existe prueba directa, sino que los indicios apuntados por las acusaciones no tienen carácter incriminatorio suficiente. La Audiencia Provincial de Ciudad Real reitera así el principio constitucional de presunción de inocencia y dicta la absolución total del acusado. Contra la resolución cabe recurso ante el TSJ de Castilla-La Mancha.

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