El Gobierno de Castilla-La Mancha, ASAJA y UPA han cerrado un acuerdo para flexibilizar las condiciones de trabajo agrícola durante la temporada de incendios. La nueva regulación, que se incorporará a la Orden de Prevención de Incendios que la Consejería de Medio Ambiente publicará en los próximos días, elevará de cinco a 20 hectáreas la superficie forestal a partir de la cual se aplican restricciones a las labores de cosecha en periodos de riesgo alto y extremo.
El vicepresidente primero del Ejecutivo autonómico, José Luis Martínez Guijarro, ha explicado que las nuevas medidas son fruto del trabajo conjunto entre la Administración y las organizaciones agrarias. El objetivo es compatibilizar los intereses del sector agrícola con la prevención de incendios forestales, especialmente ante el endurecimiento de las condiciones climáticas durante el verano.
Con el cambio, los terrenos agrícolas próximos a superficies forestales de menos de 20 hectáreas podrán cosecharse en todo momento, sin las limitaciones que contempla actualmente la normativa.
La principal novedad del acuerdo afecta a las explotaciones próximas a masas forestales de más de 20 hectáreas. En estos casos, se podrá habilitar una franja perimetral de diez metros de ancho, sin cultivar o sembrada de girasol, en las zonas colindantes con el monte.
La existencia de esta franja permitirá que las cosechadoras trabajen en cualquier momento del día y sin restricciones, incluso durante las jornadas de mayor riesgo de incendio.
Para las explotaciones que superen las 20 hectáreas y no dispongan de esa protección perimetral se mantendrá el régimen de restricciones vigente, vinculado al Índice de Propagación Potencial de Incendios (IPP). Las limitaciones se aplicarán cuando este indicador alcance niveles muy altos o extremos y las parcelas agrícolas estén próximas a masas forestales de más de 20 hectáreas.
El acuerdo también introduce cambios en los medios de prevención exigidos durante las jornadas con IPP extremo. Hasta ahora, la normativa contemplaba la necesidad de disponer de 400 litros de agua con presión, una condición que se flexibiliza para ofrecer otras alternativas a los agricultores.
La nueva regulación permitirá cumplir con las exigencias de seguridad mediante cualquiera de estas tres opciones: un vehículo con un depósito de al menos 400 litros de agua y equipo de impulsión; una máquina sopladora con una potencia de soplado superior a 30 Newtons; o un disparador de cartucho pirotécnico contra incendios que disponga de, al menos, ocho cartuchos.
Las medidas acordadas se incorporarán a la nueva Orden de Prevención de Incendios, cuya publicación está prevista para los próximos días.
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