Tomelloso

Después de 26 años, la Justicia admite que no hubo delito en el caso del transporte de alcohol

Todos los investigados ha sido absueltos puesto que un tribunal italiano condenó anteriormente a los verdaderos responsables de los delitos

La Voz | Jueves, 3 de Octubre del 2024
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En uno de los procedimientos judiciales más  largos  que  se  recuerda  en  la  historia  de  la democracia, el Tribunal de la Audiencia Provincial de Ciudad Real Sección 2, ha absuelto, por unanimidad y veintiséis años después, a todos los  investigados  por  dos presuntos  delitos  contra  la Hacienda Pública, no aceptando el relato de Hechos  Probados  en  la  Sentencia  del  Juzgado  de lo Penal  número 3  de  Ciudad Real en relación a  unos  transportes  de  alcohol que se realizaron  desde Italia a Portugal  en  el  año  1998. 

La  incoación  del procedimiento  se produjo  en  noviembre  del 2002, las calificaciones provisionales se conocieron en el 2012, el primer juicio que  se  tenía  que celebrar  en  el  año  2016 fue   suspendido,  celebrándose  definitivamente  en  enero  del  2021.

La Magistrada Juez del Juzgado de los Penal  nº 3 de Ciudad Real  dictó sentencia en  septiembre  del  2021.  Pero el recurso de apelación que interpusieron los acusados ante  la Audiencia  Provincial  desembocaría en una sentencia  absolutoria  el  pasado  17  de junio ,  veintiséis  años  después, que  han  sido  muy  duros para  los  investigados  y  sus familias,   sin  olvidar  a  todos  los  empleados  con  sus familias.

En sus investigaciones la UCO y los  Agentes del Servicio Aduanero de la Agencia Tributaria, tomaron declaración  a  mas  de  cien  conductores,  de  los  cuales  en  el juicio solo pudieron  declarar  cuarenta por lo dilatado del proceso.

Las peticiones tanto por parte del    Fiscal  como  del  Abogado  del  Estado,  superaban  los  23 millones de Euros, declarando a las empresas transportistas responsables subsidiarios,  circunstancia  que  les conduciría unos años mas tardes al cese total de la actividad, debido, por un lado,  a las medidas  cautelares adoptadas  por   la Agencia   Tributaria y, por otro,  al  descrédito  comercial  sufrido.

José Enrique Rodríguez, abogado de dos de los investigados, ha explicado a La Voz de Tomelloso, las particularidades y circunstancias de un procedimiento en el que los investigados nunca cometieron delito  y  que  ''jamas  debió  llevarse  a  cabo  su  investigación, ya  que  el  caso ya  había sido juzgado  por  los  Tribunales  Italianos,  condenando  a  los  verdaderos  responsables  de los delitos.

Continua   explicando  el letrado,  que,   sin   embargo,  la Agencia  Tributaria Española   quiso   exigir   el   ingreso   de   estos   impuestos   a   la   Empresas  que  habían  efectuado  los transportes :  HISPATANK,  CISA y  otras  empresas  colaboradoras.  Investigando  a  sus  representantes de   unas   irregularidades  que , como  remarca  la  sentencia,  nunca pudieron   cometer  los  investigados por  que  los  impuestos  exigidos  no  corresponden  a  su  responsabilidad,  " corresponden,  y  así  lo  tiene  garantizado  por   ley, a la  empresa  vendedora”.

Este viene a ser  el  argumento principal  en  la  estimación  de  los  recursos  contra  la sentencia  del 2021, absolviendo a todos los investigados y  la  responsabilidad  civil  de las  Empresas  al  no  existir delito  en  el desarrollo  de  sus  trabajos y  actuaciones. Tras la firmeza de la sentencia, los representantes de la Empresas  perjudicadas  han  iniciado  las acciones legales en  reclamación  de  sus  intereses  tanto  por  los  daños  morales  como por  las pérdidas  patrimoniales   sufridas.

El abogado  nos muestra una noticia publicada  en  un  diario  digital andaluz sobre el llamado  caso  "Rexus" de  empresas pantalla,  ocurrido  en Jaén,  que  concluyó  con una sentencia también absolutoria  para  sus  nueve  acusados  22  años  después,  y  que  estaba catalogado como el juicio más largo  de  España.  Ahora le ha supera este juicio  del  transporte  del alcohol que ha finalizado con esa sentencia absolutoria.


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